En otra resolución relevante, la Primera Sala determinó que una mujer que alquiló su vientre para gestar gemelas en Jalisco tiene derecho a una indemnización si así lo solicita, tras ser considerada víctima de explotación por las condiciones contractuales impuestas por los padres intencionales.
La mujer firmó un contrato con cláusulas abusivas que incluían advertencias de sanciones civiles y penales si los bebés sufrían daños por negligencia o si ella no seguía instrucciones médicas.
Aunque los padres acudieron a la Corte para que las actas de nacimiento de las gemelas solo los reconocieran a ellos como progenitores, los ministros determinaron que la mujer gestante debe estar presente en el trámite de corrección de actas, acompañada de un asesor de la Procuraduría Social de Jalisco. En caso de que ella decida emprender acciones legales por la explotación sufrida, tiene el derecho de hacerlo.
Si la madre biológica no acepta retirar su nombre de las actas, los padres deberán seguir un proceso legal de adopción para asumir plenamente la paternidad.