La Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México determinó que una mujer de 21 años actuó en legítima defensa al herir de muerte a su esposo durante un episodio de violencia familiar ocurrido en la alcaldía Coyoacán, por lo que resolvió no ejercer acción penal en su contra.
De acuerdo con la autoridad ministerial, la agresión ocurrió dentro del domicilio de la pareja y representó un peligro real e inmediato para la integridad física de la mujer. Tras el análisis de los datos de prueba, la Fiscalía concluyó que la respuesta se dio en un contexto de violencia reiterada y ante un riesgo inminente de feminicidio, lo que encuadra en los supuestos legales de legítima defensa.
Durante la investigación, el Ministerio Público revisó dictámenes médicos, periciales y testimoniales, elementos que permitieron establecer que la mujer actuó para proteger su vida frente a una amenaza concreta. Con base en estos hallazgos, el procedimiento se cerró sin formular imputación penal y la mujer recuperó su libertad, conforme a los criterios legales aplicables.
Los hechos se registraron el 12 de enero, cuando elementos de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México atendieron un reporte en un domicilio ubicado en el cruce de las calles Ejido y Tercera Cerrada de Ejido, en la colonia San Francisco Culhuacán. En el lugar localizaron a un hombre con una herida en la pierna, quien fue trasladado a un hospital; posteriormente falleció debido a que el arma lesionó la arteria femoral izquierda.
La mujer presentaba posible fractura de nariz y fue llevada a un hospital bajo custodia policial. En su declaración, refirió que su esposo, presuntamente bajo los efectos del alcohol, la golpeó en repetidas ocasiones. Para resguardarse, tomó un cuchillo de la cocina y se dirigió a su recámara; sin embargo, el hombre la siguió y continuó con las agresiones. Al defenderse, lo hirió en la pierna.
El caso subraya la importancia de evaluar los hechos con perspectiva de género y atender el contexto de violencia previa al momento de la agresión. La resolución de la Fiscalía refuerza el criterio de que la legítima defensa aplica cuando existe una amenaza real e inmediata contra la vida.