SCJN avala Fondo de Pensiones para el Bienestar

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Además, las Afores y el PENSIONISSSTE deberán transferir recursos de cuentas inactivas cuando sus titulares cumplan 70 años, en el caso del IMSS, o 75 años para el ISSSTE, bajo las condiciones establecidas.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló la operación del Fondo de Pensiones para el Bienestar y determinó que la transferencia de recursos de cuentas individuales inactivas de trabajadores no constituye una confiscación o expropiación.

Por unanimidad, el Pleno aprobó el proyecto de la ministra Loretta Ortiz Ahlf, relacionado con una acción promovida por 185 diputados de oposición contra la reforma aprobada en 2024.

El fondo fue creado con recursos de cuentas individuales inactivas transferidos de las Afores al Estado. De acuerdo con la información presentada ante la Corte, inicialmente fueron transferidos casi 45 mil millones de pesos.

La SCJN determinó que los recursos continúan siendo propiedad de los trabajadores o pensionados. Además, estableció que sus titulares y beneficiarios pueden reclamarlos de manera permanente e imprescriptible.

El ministro presidente, Hugo Aguilar Ortiz, explicó que el mecanismo únicamente cambia la administración de los recursos y mantiene las garantías para que sus propietarios puedan recuperarlos cuando corresponda.

La resolución también establece que debe existir una reserva financiera para respaldar la devolución de los recursos cuando sean reclamados.

El Fondo de Pensiones para el Bienestar busca complementar las pensiones de trabajadores que cumplieron con los requisitos establecidos, con el objetivo de que puedan recibir una pensión equivalente al último salario mínimo que percibieron.

Con el fallo, el Fondo de Pensiones para el Bienestar continuará operando como fideicomiso público, con el Banco de México como fiduciario.

Las Afores y el PENSIONISSSTE deberán transferir recursos de cuentas inactivas al fondo cuando el trabajador cumpla 70 años en el caso del IMSS y 75 años para el ISSSTE, siempre que no mantenga una relación laboral activa.

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