Aunque el SAT pone atención especial al uso del efectivo por su dificultad para rastrearlo, existen ciertos depósitos que no son fiscalizados ni generan impuestos, siempre que cumplan con los requisitos establecidos por la ley.
- Pensión alimenticia: Si se entrega por orden judicial, no está sujeta al Impuesto Sobre la Renta (ISR), ya que proviene del ingreso neto del obligado, al que ya se le descontaron impuestos.
- Donaciones entre familiares directos: Están exentas de impuestos si son entre cónyuges o en línea recta ascendente/descendente (padres a hijos o viceversa), sin importar el monto.
- Donativos menores: Si una persona recibe donaciones cuyo valor no exceda tres veces el salario mínimo anual, no están gravadas.
- Apoyos sociales y compensaciones laborales: El aguinaldo, el reparto de utilidades, las pensiones y programas sociales federales no generan ISR, siempre que no excedan los límites establecidos.
⚠️ Importante: aunque estos depósitos están exentos, es recomendable llevar un registro y, de ser posible, usar medios bancarios formales para mayor transparencia.