Los jubilados afiliados al régimen de la Ley del Seguro Social de 1973 podrán recibir un aumento en su pensión a partir de febrero de 2026, luego de que se confirmaran dos mecanismos legales que permiten incrementar el monto mensual sin cambios en la ley ni trámites extraordinarios.
Las personas pensionadas por cesantía en edad avanzada o vejez bajo la llamada Ley 73 cuentan con un ajuste automático por inflación y, en ciertos casos, con un incremento adicional por concepto de asignaciones familiares. Ambos esquemas buscan proteger el poder adquisitivo de los adultos mayores y fortalecer sus ingresos frente al aumento en el costo de vida.
El primer mecanismo es el ajuste anual por inflación, que se aplica de forma automática cada febrero. El aumento corresponde al crecimiento del Índice Nacional de Precios al Consumidor registrado durante el año anterior, de enero a diciembre de 2025, de acuerdo con los datos oficiales del Instituto Nacional de Estadística y Geografía. Este incremento no depende de decisiones administrativas, ya que es un derecho establecido en el Artículo 170 de la Ley del Seguro Social de 1973.
La segunda vía para aumentar la pensión son las asignaciones familiares. Este beneficio consiste en un monto adicional fijo cuando el pensionado tiene a su cargo a determinados familiares, como el cónyuge, hijos menores de 16 años o hijos con incapacidad para trabajar. Este apoyo se mantiene estable y solo puede modificarse si cambia la situación familiar del beneficiario.
La autoridad aclaró que los bonos o incrementos extraordinarios otorgados en años recientes aplican únicamente para pensionados del régimen de 1997, por lo que no corresponden a quienes cotizan bajo la Ley 73. En este último caso, el mecanismo de actualización por inflación ya está previsto en la ley.
Con estas dos opciones, los jubilados de la Ley 73 podrán ver reflejado un aumento en su pensión desde febrero de 2026, ya sea de manera automática por inflación o mediante el reconocimiento de cargas familiares.