Si eres pensionado o jubilado, es importante saber que, aunque en la mayoría de los casos no estás obligado a pagar ISR ni a presentar declaración anual, existen excepciones clave que podrían cambiar esa situación dependiendo de cuánto ganas y de dónde provienen tus ingresos.
💸 ¿Cuándo aplica la exención?
Según el Artículo 93 de la Ley del ISR, los ingresos por pensiones o jubilaciones están exentos del pago de impuestos hasta por el equivalente a 15 UMAs diarias. En 2025, eso equivale a aproximadamente $504,135 pesos anuales. Si recibes menos que eso, en principio no debes declarar.
🧾 ¿En qué casos sí debes presentar tu declaración anual?
De acuerdo con el Artículo 98 del mismo ordenamiento, debes presentar tu declaración si:
- Tus ingresos anuales por pensión o jubilación superan los $400,000 pesos.
- Aunque el ISR ya haya sido retenido, estás obligado a presentar la declaración.
- Recibes pensión de más de una fuente (por ejemplo, IMSS e ISSSTE).
- Esto se considera como tener dos patrones, lo que automáticamente activa la obligación de declarar ante el SAT.
✅ Recomendaciones
- Revisa tus constancias de percepciones.
- Suma todos tus ingresos anuales.
- En caso de duda, consulta a un contador o asesor fiscal para evitar sanciones o requerimientos del SAT.
Aunque la ley protege a los jubilados con ciertas exenciones, la responsabilidad de declarar en tiempo y forma recae en cada contribuyente si cae en alguno de estos supuestos.