La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) informó que no existe un plazo límite para que los familiares reclamen los recursos de la Afore de un trabajador fallecido, ya que este derecho es imprescriptible y está vinculado directamente con la seguridad social y el esfuerzo laboral de la persona en vida.
De acuerdo con la Profedet, tanto la Ley del Seguro Social como la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro establecen que el derecho a recibir los recursos de la cuenta individual no caduca con el tiempo, por lo que los beneficiarios pueden solicitarlos en cualquier momento.
Sin embargo, el organismo aclaró que si el titular de la cuenta cumple 70 años sin que los fondos sean reclamados, estos se transfieren al Fondo de Pensiones para el Bienestar, aunque los beneficiarios aún podrán recuperarlos a través del proceso legal correspondiente.
Juicio para designación de beneficiarios
Cuando un trabajador fallece, los posibles beneficiarios —como cónyuge, concubina, hijos o padres— deben iniciar un juicio de designación de beneficiarios ante los tribunales laborales del Poder Judicial de la Federación. Este proceso, que antes se llevaba ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, permite definir quiénes tienen derecho a los recursos de la Afore.
La Profedet ofrece asesoría y representación gratuita durante este procedimiento, el cual incluye fases escritas y orales, además de la sentencia y ejecución del fallo.
¿Quiénes pueden reclamar los recursos?
Según el artículo 501 de la Ley Federal del Trabajo, pueden ser beneficiarios:
- La viuda o el viudo.
- Los hijos menores de 16 años, o mayores con discapacidad.
- Los padres, si dependían económicamente del trabajador.
- La pareja en concubinato, si convivieron al menos cinco años o tuvieron hijos.
- Otras personas dependientes económicamente, en ausencia de cónyuge o hijos.
En los casos donde la relación de concubinato no esté registrada legalmente, el reclamante puede solicitar la devolución de recursos mediante un juicio, presentando pruebas de convivencia y dependencia económica.
Nueva jurisprudencia amplía derechos
Un reciente fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) amplió los derechos de los descendientes mayores de edad, permitiéndoles reclamar los recursos de la Afore sin necesidad de acreditar dependencia económica. Este criterio busca garantizar el acceso equitativo de los familiares al ahorro generado por el trabajador.
Con esta resolución, la Profedet reafirma que la Afore de una persona fallecida puede reclamarse sin límite de tiempo, y que el acceso a esos recursos es un derecho humano protegido por la ley.