La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que el IMSS deberá entregar la pensión de viudez a todas las concubinas que acrediten su relación con un trabajador o pensionado fallecido, incluso si existieron varias al mismo tiempo.
El fallo, aprobado el 14 de febrero de 2024, fue elaborado por la ministra Lenia Batres Guadarrama y establece que negar este derecho es inconstitucional, pues vulnera la seguridad social y la protección familiar. En estos casos, la pensión deberá dividirse proporcionalmente entre las beneficiarias reconocidas.
Esta decisión, derivada del amparo en revisión 505/2023, obliga al IMSS a modificar sus criterios y marca un precedente jurídico histórico que reconoce la diversidad de familias en México, ajustando la ley a la realidad social del país.