Tatuajes, discurso de odio y libertad de expresión: la postura de la Suprema Corte de Justicia de la Nación

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en México emitió una sentencia clave que marca un precedente importante sobre los límites de la libertad de expresión y el derecho al libre desarrollo de la personalidad en el entorno laboral, particularmente cuando estas libertades se confrontan con el discurso de odio.

El caso se remonta a finales de 2019, cuando un empleado fue contratado como jefe de facturación, pero fue invitado a renunciar el mismo día por portar un tatuaje de una cruz gamada —símbolo nazi— en la parte posterior de la oreja. La empresa argumentó que, dado que su personal incluía personas de origen judío, el tatuaje representaba un mensaje ofensivo e incompatible con el ambiente laboral.

El extrabajador, tras firmar su renuncia y recibir su finiquito, interpuso una demanda por daño moral. Un juez civil le concedió una indemnización de 1.3 millones de pesos y una disculpa pública en un medio de comunicación nacional. Sin embargo, el caso fue escalando hasta llegar a la Primera Sala de la SCJN, donde fue resuelto de forma unánime bajo la ponencia de la ministra Norma Piña.

La Corte reconoció que los tatuajes forman parte del derecho al libre desarrollo de la personalidad y de la libertad de expresión. No obstante, subrayó que dicha libertad no es absoluta, especialmente cuando entra en conflicto con otros derechos humanos, como la no discriminación.

El tatuaje en cuestión fue considerado un “discurso de odio extremo” por estar asociado históricamente con el régimen nazi y su violencia sistemática contra millones de personas. La Corte concluyó que no se podía otorgar una indemnización al trabajador, ya que su expresión atentaba contra principios constitucionales básicos.

Este fallo, correspondiente al Amparo Directo en Revisión 4865/2018, representa un punto de inflexión en el debate jurídico contemporáneo en México sobre los límites del discurso en contextos laborales, la responsabilidad individual y el respeto a la dignidad humana.

La sentencia ya es considerada un material de estudio obligatorio en las facultades de Derecho por su relevancia en la interpretación de los derechos fundamentales en contextos reales.

Con información de una publicación de Miguel Carbonell * Abogado – Profesor – Escritor – Especialista en Derecho Constitucional en centrocarbonell.online

Foto de Rodrigo Rodrigues | WOLF Λ R T en Unsplash

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