Regresa el certificado de supervivencia: requisito obligatorio para pensionados en el extranjero

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El certificado de supervivencia, conocido también como fe de vida, vuelve a ser un trámite obligatorio para ciertos pensionados en México, según confirmaron el IMSS y el ISSSTE. Este requisito, indispensable para continuar recibiendo pagos de pensión, se aplica únicamente a los beneficiarios que residen en el extranjero.

Desde 2015, el trámite dejó de ser necesario para quienes viven en México, ya que las instituciones verifican automáticamente la supervivencia mediante plataformas digitales. Sin embargo, los pensionados fuera del país deben realizar este procedimiento en oficinas consulares mexicanas.

¿Cómo cumplir con el trámite desde el extranjero?

Los pensionados deben acudir a una embajada o consulado mexicano con los siguientes documentos:

• Identificación oficial con fotografía y firma.

• Documento que contenga su Número de Seguridad Social (NSS).

El personal consular emitirá un comprobante con la fecha de renovación del trámite, garantizando que los pagos no se suspendan.

Consecuencias de no cumplir

Si el pensionado no entrega la fe de vida, los pagos serán suspendidos hasta que regularice su situación. Los montos retenidos se reanudarán de manera retroactiva una vez completado el trámite.

En contraste, los pensionados que residen en México no necesitan realizar este procedimiento, salvo que se les solicite actualizar datos personales.

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